Los restaurantes que sirven el pescado poco cocinado o crudo estarán obligados a partir de mañana a congelarlo previamente y durante 24 horas, ya que entra en vigor el real decreto aprobado por el Gobierno para frenar el aumento de anisakis en España.
La norma, aprobada el pasado día 1 y publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), obliga concretamente a los Los titulares de los establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades (bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, hospitales, colegios, residencias, comedores de empresas, empresas de catering y similares) a garantizar que los productos de la pesca para consumir en crudo o prácticamente en crudo han sido previamente congelados a una temperatura igual o inferior a -20 ºC en la totalidad del producto, durante un período de al menos 24 horas; este tratamiento se aplicará al producto en bruto o al producto acabado.
Los restaurantes estarán obligados también a poner en conocimiento de sus clientes, a través de carteles o en las cartas del menú, entre otros procedimientos, que los productos que van a consumir han sido sometidos a esta congelación.
Para cumplir con este segundo punto tienen un plazo de tres meses.
Los Ministerios de Sanidad y de Agricultura, Pesca y Alimentación van a lanzar una campaña informativa sobre consejos básicos para prevenir el anisakis, destinada a establecimientos de restauración y puntos de venta de pescado fresco.
Las titular de Sanidad, Elena Salgado, explicó la pasada semana que este procedimiento de congelación se lleva a cabo desde hace muchos años en Japón, país muy aficionado a comer pescado crudo y que lo único que ha hecho España es adaptar la legislación nacional a la normativa comunitaria.
Salgado aludió a este hecho en respuesta a las críticas vertidas contra esta medida por algunos cocineros y críticos gastronómicos.
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria pondrá también en marcha un plan nacional de control del anisakis en toda la cadena alimentaria.
Vía: elmundosalud